+Artículo 506ter Titulizaciones de exposiciones dudosas
---+Artículo 506ter 1.
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Artículo 506ter Titulizaciones de exposiciones dudosas
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1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 506ter 1.
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La ABE, que supervisará la aplicación del artículo 269 bis, evaluará el tratamiento del capital reglamentario de las titulizaciones de exposiciones dudosas teniendo en cuenta la situación del mercado de exposiciones dudosas, en general, y la situación del mercado de titulizaciones de exposiciones dudosas, en concreto, y presentará a la Comisión un informe sobre sus conclusiones a más tardar el 10 de octubre de 2022.
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Artículo 506ter 2.
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A más tardar el 10 de abril de 2023, la Comisión, sobre la base del informe a que se refiere en apartado 1 del presente artículo, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación del artículo 269 bis. El informe de la Comisión irá, cuando proceda, acompañado de una propuesta legislativa.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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