+Artículo 506sexies 1.

Artículo 506sexies 1.

A más tardar el 10 de julio de 2026, la ABE presentará a la Comisión un informe sobre:

a) 

las condiciones que deben cumplir las garantías con límite máximo o límite mínimo determinados con respecto a la cartera de exposiciones («garantías de cartera») para que puedan considerarse titulizaciones;

b) 

el tratamiento reglamentario aplicable, con arreglo a la parte tercera, título II, capítulo 4, a las garantías de cartera cuando estas no puedan considerarse titulizaciones;

c) 

la aplicación de los requisitos establecidos en la parte tercera, título II, capítulo 5, del presente Reglamento, y en el capítulo 2 del Reglamento (UE) 2017/2402 para las garantías de cartera cuando estas garantías se consideren titulizaciones;

d) 

la aplicación del artículo 234 para las garantías únicas que dan lugar a división en tramos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito