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Artículo 508 Nivel de aplicaciónArtículo 508 Nivel de aplicación
1.
A más tardar el 31 de diciembre de 2014, la Comisión examinará la aplicación de la parte primera, título II, y del artículo 113, apartados 6 y 7, y presentará un informe al respecto al Parlamento Europeo y al Consejo, acompañado, si procede, de una propuesta legislativa.
▼M9 ————— 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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