+Artículo 513 2.
|
Artículo 513 2.
A más tardar el 31 de diciembre de 2022, y posteriormente cada cinco años, la Comisión, basándose en la consulta a la JERS y la ABE, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la evaluación contemplada en el apartado 1 y, si procede, les presentará una propuesta legislativa.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|