+2. Las entidades deberán disponer de procedimientos para inferir una calificación para las …

2. Las entidades deberán disponer de procedimientos para inferir una calificación para las …

Las entidades deberán disponer de procedimientos para inferir una calificación para las posiciones no calificadas. Cuando se disponga de diferenciales de crédito, deberá documentarse claramente su uso para inferir una calificación, como también se documentará la utilización de una calificación por defecto (esto es, una calificación alternativa para las posiciones respecto de las cuales no puedan emplearse datos observables para inferir una calificación). El sistema de calificación que se use deberá diferenciar, en lo posible, entre grupos relevantes de posiciones.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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