+217. A los efectos de las revisiones periódicas de las estimaciones, las entidades tendrán un marco …

217. A los efectos de las revisiones periódicas de las estimaciones, las entidades tendrán un marco …

A los efectos de las revisiones periódicas de las estimaciones, las entidades tendrán un marco que incluya, como mínimo, los siguientes elementos:

  • (a) un ámbito de aplicación y frecuencia mínimos de los análisis que se van a efectuar, incluidas métricas predefinidas seleccionadas por la entidad para realizar pruebas de representatividad de los datos, funcionamiento del modelo, capacidad predictiva y estabilidad;
  • (b) normas predefinidas, que incluyan umbrales predefinidos y niveles de significatividad para las métricas pertinentes;
  • (c) medidas predefinidas que se adoptarán en caso de que la revisión arroje resultados negativos, dependiendo de la gravedad de la deficiencia.

En sus revisiones periódicas de las estimaciones, las entidades podrán basarse en los resultados de la validación independiente, cuando estén actualizados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/