+17. Las entidades deberán evaluar periódicamente sus programas de pruebas de resistencia para …
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17. Las entidades deberán evaluar periódicamente sus programas de pruebas de resistencia para …
Las entidades deberán evaluar periódicamente sus programas de pruebas de resistencia para determinar su efectividad y robustez, y actualizarlos cuando sea necesario. La evaluación deberá hacerse al menos anualmente, de acuerdo con un análisis tanto cuantitativo como cualitativo y deberá reflejar de manera completa los cambios en las condiciones internas y externas. Las entidades deberán garantizar que la frecuencia de las evaluaciones tenga en cuenta la correspondiente frecuencia de las aplicaciones de las pruebas de resistencia.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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