+43. Las entidades deberán tener la capacidad de garantizar la completitud de los datos de riesgo. A …

43. Las entidades deberán tener la capacidad de garantizar la completitud de los datos de riesgo. A …

Las entidades deberán tener la capacidad de garantizar la completitud de los datos de riesgo. A estos efectos, deberán asegurarse de que los datos de riesgo capturan de manera completa los riesgos fuera de balance y que son fácilmente accesibles a cualquier nivel de la entidad. Deberá tenerse en cuenta la materialidad, en términos del riesgo existente y potencial.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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