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+5. En las presentes directrices se especifican los sistemas, procedimientos y mecanismos de … |
5. En las presentes directrices se especifican los sistemas, procedimientos y mecanismos de …En las presentes directrices se especifican los sistemas, procedimientos y mecanismos de gobierno interno establecidos en el artículo 74, apartado 1, de la Directiva 2013/36/UE2 , los requisitos relativos al riesgo de crédito y de contraparte definidos en el artículo 79 de la citada Directiva, así como los requisitos referentes a la evaluación de la solvencia del consumidor, contemplados en el capítulo 6 de la Directiva 2014/17/UE3 y en el artículo 8 de la Directiva 2008/48/CE4 . 2 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, pp. 338-436). 3 Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.º 1093/2010 (DO L 60 de 28.2.2014, pp. 34-85). 4 Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (DO L 133 de 23.4.2008, pp. 66-92). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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