+34. Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los …
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34. Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los …
Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los criterios para la identificación, evaluación, aprobación, seguimiento, comunicación y mitigación del riesgo de crédito, así como los criterios para medir las provisiones, tanto con fines contables como de adecuación del capital. Las entidades documentarán el marco y lo actualizarán periódicamente.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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