+34. Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los …

34. Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los …

Las entidades establecerán, en sus políticas y procedimientos de riesgo de crédito, los criterios para la identificación, evaluación, aprobación, seguimiento, comunicación y mitigación del riesgo de crédito, así como los criterios para medir las provisiones, tanto con fines contables como de adecuación del capital. Las entidades documentarán el marco y lo actualizarán periódicamente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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