+5. En las presentes directrices se especifican, de conformidad con el artículo 87 bis , apartado 1 …

5. En las presentes directrices se especifican, de conformidad con el artículo 87 bis , apartado 1 …

En las presentes directrices se especifican, de conformidad con el artículo 87 bis , apartado 1, y el artículo 74 de la Directiva 2013/36/UE2 , los sólidos sistemas de gobierno corporativo de los que deberían dotarse las entidades, y se incluyen:

  • (a) las normas mínimas y las metodologías de referencia para la identificación, la medición, la gestión y el seguimiento de los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG), en virtud del artículo 87 bis , apartado 5, letra a), de la citada Directiva;
  • (b) los criterios cualitativos y cuantitativos aplicables para la evaluación del impacto de los riesgos ASG en el perfil de riesgo y la solvencia de las entidades a corto, medio y largo plazo, de conformidad con el artículo 87 bis , apartado 5, letra c), de dicha Directiva;
  • (c) el contenido de los planes que el órgano de dirección ha de elaborar de conformidad con el artículo 76, apartado 2, de dicha Directiva, que incluirán plazos específicos y objetivos e hitos cuantificables intermedios, a fin de realizar un seguimiento y afrontar los riesgos financieros derivados de los factores ASG, incluidos los derivados del proceso de ajuste y de las tendencias de la transición en el contexto de los objetivos regulatorios pertinentes de la Unión y de los Estados miembros en relación con los factores ASG, en particular el objetivo de lograr la neutralidad climática para 2050 establecido en el Reglamento (UE) 2021/1119, así como, cuando proceda para las entidades activas a nivel internacional, los objetivos jurídicos y regulatorios de terceros países, con arreglo al artículo 87 bis , apartado 5, letra b), de dicha Directiva.

2 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338).

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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