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+Artículo 33 5 |
Artículo 33 55. Una vez que los planes de supervisión anuales a que se refiere el apartado 4 hayan sido adoptados y notificados a los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC, las autoridades competentes podrán adoptar medidas en relación con dichos proveedores solo de acuerdo con el supervisor principal. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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