+Artículo 33 5

Artículo 33 5

5.   Una vez que los planes de supervisión anuales a que se refiere el apartado 4 hayan sido adoptados y notificados a los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC, las autoridades competentes podrán adoptar medidas en relación con dichos proveedores solo de acuerdo con el supervisor principal.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito