+Artículo 34 3

Artículo 34 3

3.   Los supervisores principales podrán, de forma ad hoc, pedir al BCE y a la ENISA que proporcionen asesoramiento técnico, compartan experiencias prácticas o se sumen a determinadas reuniones de coordinación de la Red de Supervisión Conjunta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito