9. Las multas coercitivas serán de carácter administrativo y tendrán fuerza ejecutiva. La ejecución forzosa se regirá por las normas de procedimiento civil vigentes en el Estado miembro en cuyo territorio se lleven a cabo las inspecciones y el acceso. Los órganos jurisdiccionales del Estado miembro de que se trate serán competentes para conocer de las denuncias relacionadas con irregularidades en la ejecución. Los importes de las multas coercitivas se asignarán al presupuesto general de la Unión Europea.