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+Artículo 38 1 |
Artículo 38 11. A fin de desempeñar sus funciones con arreglo al presente Reglamento, el supervisor principal, asistido por el equipo conjunto de examinadores a que se refiere el artículo 40, apartado 1, podrá, cuando sea necesario, llevar a cabo investigaciones de proveedores terceros esenciales de servicios de TIC. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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