+Artículo 75quater 2.

Artículo 75quater 2.

Antes de adoptar una decisión en virtud del apartado 1, la Oficina de IA comunicará sus conclusiones preliminares al operador de que se trate. En dichas conclusiones, la Oficina de IA explicará las medidas que esté considerando adoptar, o que considere que el operador de que se trate debe adoptar a fin de atender de manera efectiva a las conclusiones preliminares.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito