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+Artículo 90 1. |
Artículo 90 1.El grupo de expertos científicos podrá proporcionar alertas cualificadas a la Oficina de IA cuando tenga motivos para sospechar que:
a)
un modelo de IA de uso general plantea un riesgo concreto reconocible a escala de la Unión, o
b)
un modelo de IA de uso general reúne las condiciones a que se refiere el artículo 51. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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