+Artículo 15 3.

Artículo 15 3.

El CSIRT designado como coordinador o la ENISA tramitarán las notificaciones a que se refieren los apartados 1 y 2 del presente artículo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 16.

El CSIRT designado como coordinador podrá dar prioridad a la tramitación de notificaciones obligatorias sobre la de notificaciones voluntarias.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito