+Artículo 27 5.

Artículo 27 5.

Se presumirá que los productos con elementos digitales y los procesos establecidos por el fabricante que sean conformes con las especificaciones comunes establecidas por los actos de ejecución a que hace referencia el apartado 2 del presente artículo, o partes de estas, son conformes con los requisitos esenciales de ciberseguridad establecidos en el anexo I a que se refieran dichas especificaciones comunes o partes de estas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito