+Artículo 31 1.

Artículo 31 1.

La documentación técnica contendrá todos los datos o detalles pertinentes relativos a los medios utilizados por el fabricante para garantizar que el producto con elementos digitales y los procesos establecidos por el fabricante cumplen los requisitos esenciales de ciberseguridad establecidos en el anexo I. Incluirá, como mínimo, los elementos establecidos en el anexo VII.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito