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+Artículo 39 9. |
Artículo 39 9.El organismo de evaluación de la conformidad suscribirá un seguro de responsabilidad, salvo que su Estado miembro asuma la responsabilidad con arreglo al Derecho interno, o que el propio Estado miembro sea directamente responsable de la evaluación de la conformidad.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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