+Artículo 47 1.

Artículo 47 1.

Los organismos notificados realizarán evaluaciones de la conformidad de acuerdo con los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos en el artículo 32 y en el anexo VIII.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito