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+Artículo 57 11. |
Artículo 57 11.Los apartados 6 a 10 serán aplicables mientras dure la situación excepcional que haya justificado la intervención de la Comisión y mientras el producto con elementos digitales correspondiente siga presentando los riesgos a que hace referencia el apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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