+Artículo 14 4.

Artículo 14 4.

La Comisión transmitirá a las autoridades competentes de los Estados miembros toda información recibida con arreglo al apartado 1 y publicará anualmente la lista de adquisiciones de las que ha sido informada por los guardianes de acceso con arreglo a dicho apartado.

La Comisión tendrá en cuenta los intereses legítimos de las empresas respecto a la protección de sus secretos comerciales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito