+Artículo 29 6.

Artículo 29 6.

El guardián de acceso facilitará a la Comisión la descripción de las medidas que haya adoptado para garantizar el cumplimiento de la decisión de incumplimiento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito