+Artículo 35 1.

Artículo 35 1.

La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe anual sobre la aplicación del presente Reglamento y los progresos realizados en la consecución de sus objetivos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito