+Artículo 41 5.

Artículo 41 5.

En un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de una solicitud con arreglo al presente artículo, la Comisión examinará si existen motivos razonables para la apertura de una investigación de mercado con arreglo a los apartados 1, 2 o 3. La Comisión publicará los resultados de su examen.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito