+Artículo 4 3.
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Artículo 4 3.
La financiación comercial a la que se hace referencia en el apartado 1, punto 80, no está comprometida generalmente y exige justificantes suficientes de la operación para cada solicitud de disposición de fondos, de forma que la operación puede rechazarse en caso de duda con respecto a la solvencia o a la documentación aportada. Generalmente, el reembolso relativo a las exposiciones de financiación comercial tiene lugar con independencia del prestatario; mientras que los fondos proceden del producto de operaciones de importación o de ventas de bienes subyacentes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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