Artículo 33 4.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para especificar qué es lo que constituye la estrecha correspondencia entre el valor de los bonos y el valor de los activos, según se menciona en la letra c) del apartado 3. La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 30 de septiembre de 2013. Se delegan en la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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