+Artículo 54 4.

Artículo 54 4.

El importe agregado de instrumentos de capital de nivel 1 adicional que debe amortizarse o convertirse en el momento en que se produzca la circunstancia desencadenante no será inferior al más bajo de los siguientes:

a) 

el importe necesario para restaurar completamente el ratio de capital de nivel 1 ordinario de la entidad en el 5,125 %;

b) 

el importe de principal completo del instrumento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito