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+Artículo 94 9. |
Artículo 94 9.Las entidades no deberán tomar, adquirir ni vender ninguna posición de la cartera de negociación con el único objeto de cumplir cualquiera de las condiciones establecidas en el apartado 1 en el momento de la evaluación mensual.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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