+Artículo 105 12.
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Artículo 105 12.
Al utilizar valoraciones de terceros o según modelo, las entidades considerarán la conveniencia de efectuar un ajuste de valoración. Además, las entidades considerarán la necesidad de prever ajustes para las posiciones menos líquidas y revisarán de forma continua su adecuación. Las entidades valorarán asimismo explícitamente la necesidad de evaluación de los ajustes relativos a la incertidumbre de los valores de los parámetros usados en los modelos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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