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+Artículo 113 3. |
Artículo 113 3.Cuando una exposición esté sujeta a cobertura del riesgo de crédito, el valor de exposición o la ponderación de riesgo aplicable a dicha exposición, según proceda, podrán modificarse de conformidad con el presente capítulo y el capítulo 4.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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