+Artículo 121 3.

Artículo 121 3.

Las exposiciones asignadas a los grados A, B o C de conformidad con el apartado 1 recibirán la siguiente ponderación de riesgo:

a) 

las exposiciones asignadas a los grados A, B o C que cumplan cualquiera de las condiciones siguientes recibirán una ponderación de riesgo para las exposiciones a corto plazo de conformidad con el cuadro 1:

i) 

que la exposición tenga un vencimiento original igual o inferior a tres meses,

ii) 

que la exposición tenga un vencimiento original igual o inferior a seis meses y surja de la circulación de mercancías a través de las fronteras nacionales;

b) 

las exposiciones asignadas al grado A que no sean de corto plazo recibirán una ponderación de riesgo del 30 % cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:

i) 

que la exposición no cumpla ninguna de las condiciones establecidas en la letra a),

ii) 

que la ratio de capital de nivel 1 ordinario de la entidad sea igual o superior al 14 %,

iii) 

que la ratio de apalancamiento de la entidad sea igual o superior al 5 %;

c) 

las exposiciones asignadas a los grados A, B o C que no cumplan las condiciones establecidas en las letras a) o b) recibirán una ponderación de riesgo de conformidad con el cuadro 1.

Cuando una exposición frente a una entidad no esté denominada en la moneda nacional de la jurisdicción de constitución de dicha entidad, o cuando dicha entidad haya contabilizado la obligación crediticia en una sucursal de otra jurisdicción y la exposición no se encuentre en la moneda nacional de la jurisdicción en la que opere la sucursal, la ponderación de riesgo asignada de conformidad con las letras a), b) o c), a las exposiciones distintas de las que tengan un vencimiento igual o inferior a un año o menos derivadas de las partidas contingentes autoliquidables relacionadas con el comercio que surjan de la circulación de mercancías a través de las fronteras nacionales no serán inferiores a la ponderación de riesgo de una exposición frente a la administración central del país en el que esté constituida la entidad.



Cuadro 1

Evaluación del riesgo de crédito

Grado A

Grado B

Grado C

Ponderación de riesgo para exposiciones a corto plazo

20 %

50 %

150 %

Ponderación de riesgo

40 %

75 %

150 %

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito