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+Artículo 122 1. |
Artículo 122 1.Las exposiciones en relación con las cuales se disponga de una evaluación crediticia efectuada por una ECAI designada recibirán la ponderación de riesgo que establece el cuadro 6, que corresponde a la evaluación crediticia de la ECAI de conformidad con el artículo 136.
Cuadro 1
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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