+Artículo 124 11.

Artículo 124 11.

La ABE, en estrecha cooperación con la JERS, elaborará proyectos de normas técnicas de regulación a fin de especificar los tipos de factores que deben tenerse en cuenta para evaluar la idoneidad de las ponderaciones de riesgo a que se refiere el apartado 9.

La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 10 de enero de 2026.

Se delegan en la Comisión los poderes para complementar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito