+Artículo 134 2.

Artículo 134 2.

Las cuentas de periodificación para las que una entidad no pueda determinar la contraparte de acuerdo con la Directiva 86/635/CEE recibirán una ponderación de riesgo del 100 %.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito