+Artículo 139 1.

Artículo 139 1.

Cuando exista una evaluación crediticia para un determinado programa o una determinada línea de emisión a la que pertenezca el elemento constitutivo de la exposición, se utilizará esa evaluación para determinar la ponderación de riesgo asignada a dicho elemento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito