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+Artículo 151 5. |
Artículo 151 5.Los importes ponderados por riesgo de crédito de las exposiciones de financiación especializada se calcularán de conformidad con el artículo 153, apartado 5.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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