+Artículo 184 1.
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Artículo 184 1.
Cuando cuantifiquen los parámetros de riesgo que hayan de asociarse con los grados de calificación o con los conjuntos de exposiciones respecto de los derechos de cobro adquiridos, las entidades velarán por que se cumplan las condiciones establecidas en los apartados 2 a 6.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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