+Artículo 190 4.
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Artículo 190 4.
Las entidades que se acojan a lo dispuesto en el apartado 3 se cerciorarán de que las autoridades competentes tengan acceso a toda la información pertinente que precisen de terceros para comprobar el cumplimiento de los requisitos, y de que dichas autoridades puedan realizar inspecciones in situ en la misma medida en que puedan hacerlo en la propia entidad.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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