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+Artículo 208 4. |
Artículo 208 4.Las entidades documentarán con claridad los tipos de bienes inmuebles residenciales y bienes inmuebles comerciales que acepten y sus políticas de préstamo al respecto.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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