+Artículo 236 1.
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Artículo 236 1.
En el caso de las exposiciones con cobertura del riesgo de crédito con garantías personales a las que una entidad aplique el método IRB establecido en el capítulo 3, pero sin utilizar sus estimaciones propias de LGD, y cuando las exposiciones directas comparables frente al proveedor de cobertura se traten con arreglo al método IRB establecido en el capítulo 3, la entidad determinará la parte cubierta de la exposición como el valor más bajo de entre el valor de exposición E y el valor ajustado de la cobertura del riesgo de crédito con garantías personales GA.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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