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+Artículo 250 3. |
Artículo 250 3.Las entidades originadora y patrocinadora notificarán a las autoridades competentes cualquier operación formalizada relacionada con la titulización de conformidad con el apartado 2.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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