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+Artículo 256 3. |
Artículo 256 3.A efectos de los apartados 1 y 2, las entidades tratarán la sobregarantía y las cuentas de reserva de garantías reales como tramos, y los activos que componen esas cuentas de reserva como exposiciones subyacentes.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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