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+Artículo 267 3. |
Artículo 267 3.A efectos del presente artículo, la ponderación de riesgo que sería aplicable según el método IRB de conformidad con lo dispuesto en el capítulo 3 incluirá el cociente entre:
a)
las pérdidas esperadas multiplicadas por 12,5, y
b)
el valor de exposición de las exposiciones subyacentes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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