+Artículo 270 1.

Artículo 270 1.

Las entidades originadoras podrán calcular los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo de una posición en una titulización STS de balance tal y como se contempla en el artículo 26 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402 conforme a lo dispuesto en los artículos 260, 262 o 264 del presente Reglamento, según el caso, cuando dicha posición cumpla las dos condiciones siguientes:

a) 

que la titulización reúna los requisitos establecidos en el artículo 243, apartado 2;

b) 

que la posición sea admisible como posición de titulización preferente;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito