+Artículo 283 5.
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Artículo 283 5.
Las entidades que hayan obtenido autorización, conforme al apartado 1, para utilizar el MMI no volverán a usar los métodos establecidos en la sección 3 o la sección 5 salvo que las autoridades competentes así lo autoricen. Las autoridades competentes concederán tal autorización si la entidad demuestra tener motivos justificados.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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