+Artículo 284 8.

Artículo 284 8.

Las entidades podrán utilizar una medida de la distribución calculada por el MMI que sea más conservadora que α por la EPE efectiva calculada con arreglo a la ecuación enunciada en el apartado 4 para cada contraparte.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito