+Artículo 289 1.
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Artículo 289 1.
Las entidades velarán por que la distribución de las exposiciones generada por el modelo utilizado para calcular la EPE efectiva se integre estrechamente en el proceso cotidiano de gestión del riesgo de contraparte de la entidad, y por que los resultados del modelo se tengan en cuenta en el proceso de aprobación de créditos, gestión del riesgo de contraparte, asignación de capital interno y gobierno corporativo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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